actualizamos la información publicada oportunamente en el momento que fueron presentados los abogados por el intendente Gustavo Pedernera, ya que éstos siguen atendiendo a los interesados. Es importante realizar este trámite ya que de surgir problemas de reclamos de herederos, los adquirentes con solo boleto de compra y sin tener la escritura podrían perder la propiedad.
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En Villa Cura Brochero existe una problemática que involucra a un gran porcentaje de ciudadanos y es la de las titulaciones insuficientes o deficientes. Este programa apunta a sanear esa situación que resulta beneficiosa tanto para la comunidad, como para el posicionamiento de esta ciudad con respecto a otras localidades, en lo que respecta a urbanización y jerarquización tanto de la zona como de sus vecinos. Hay muchos de ellos que no tienen el título de propiedad o escritura definitiva y otras que sólo cuentan con un simple boleto o escritura añejo que datan por ejemplo de 1900 u otros años, pero que nunca se inscribieron en el Registro de la Propiedad y por lo tanto tienen un título que todavía no está completo. Otra causa es la de numerosas transferencias sin escritura, es decir, propiedades adquiridas solo con boleto y vuelta a vender muchas veces con la misma modalidad y que nunca se registran. Otras se realizaron pese a tener escritura, en varias oportunidades con boleto, pero sin hacer nunca la transferencia de titularidad o también casos de posesión inicial que fueron vendidas muchas veces y nunca se hizo nada por obtener ese título. En los casos de sucesiones pasa lo mismo: los herederos hicieron particiones de hecho sin hacer la subdivisión, estando en una situación completamente ilegal. Ninguno de estos casos se atiene a la Ley 9150 del año 2004, que declara de interés público el saneamiento de títulos en todo el territorio de la provincia.
Al no tener la escritura definitiva implica dos graves problemas económicos y humanos: No se puede acceder a ningún crédito hipotecario y no se tiene ninguna seguridad jurídica ante ese bien por más que se tenga boleto de compra, ya que es necesario sí o sí tener registrado el título en el Registro General de la Provincia y además, le resta la posibilidad al municipio de recaudar los tributos que sirven luego para dar servicios de salud y mantenimiento urbano. Por otra parte, los inversores que desean realizar emprendimientos en la localidad -que es puramente turística- no lo harían al ver tan escasa titularidad en la población. Mucha gente está convencida (por ignorar las leyes) de que ese "boleto" cesión de derechos es suficiente para demostrar que la propiedad es suya y no es así: Algunos pueden tener un titular verdadero que esté vivo, fallecido o que viva en otro país y no le interese el bien, pero que tienen sucesores que pueden aparecer en algún momento a reclamar legalmente el bien. Por esta razón, cuando se compra un inmueble, se debe exigir el trámite de escritura e inscripción definitiva, porque de lo contrario tiene más derecho el titular original. Es decir, que por más que el comprador con un simple boleto, permanezca en la propiedad durante años, pague impuestos y haya invertido en construcciones y mejoras PUEDE PERDER TODO SI APARECE UN TITULAR O HEREDERO QUE TENGA LA ESCRITURA ORIGINAL.
Lo deben hacer poseedores de parcelas o inmuebles urbanos o rurales a saber: Ocupante originario, cónyuge y sucesores universales. Titulares de boletos de compraventa o cesión de derechos que continúan con la posesión o simples poseedores. El procedimiento tiene dos etapas: 1ª: Presentación de una "Declaración Jurada" para la inscripción en el Registro Personal de Poseedores y luego se citan a los posibles titulares agotando todas las posibilidades incluso con la publicación de edictos. Si aparece o no un titular puede ir a mediación y luego, con el plano de mensura (si no existe en catastro uno actualizado), se procede a inscribirlo. Se aclara que está contemplada la situación económica del poseedor a través de una Mediación Social con tarifas muy bajas o gratuitas según su situación.
Aquel que esté poseyendo actualmente -tenga documentación o no- que haga la consulta en forma inmediata para regularizar su situación que se acerque en la sede del Centro Cultural de Villa Cura Brochero, Av. Belgrano 769, los días lunes, de 17 a 19 hs. y los martes de 16 a 18 hs. Aquellos que hayan iniciado el trámite con gestores no autorizados y que estén paralizados por esta causa, también deben presentarse, para trabajar en bloque todos los expedientes. Aclaran los Dres. Da Prá y García Pacheco -Que son los únicos designados y no deben aceptar ninguna mediación de terceros para evitar los problemas ya conocidos-